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SCJN elimina la prohibición de exhibir películas dobladas al español en México

CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- Luego de que el Congreso de la Unión incumplió con una sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Pleno eliminó la prohibición de exhibir películas dobladas al español en México. 

Durante la sesión del Pleno de la Corte, los ministros avalaron la petición de la Primera Sala de emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad respecto del artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía, por lo que en adelante la prohibición no podrá ser aplicada. 

En este caso la Primera Sala declaró, al resolver un amparo en revisión, que dicho artículo que prohibía la exhibición de películas, que no fueran infantiles o documentales educativos, dobladas al español era inconstitucional porque vulneraba el derecho a la libertad de comercio, por ser una medida innecesaria y desproporcionada para lograr el respeto irrestricto a la concepción y realización de las obras cinematográficas. 

El amparo fue resuelto por unanimidad de votos, por lo que generó jurisprudencia obligatoria y ordenó notificar al Congreso de la Unión para que en el plazo de 90 días reforme la ley para eliminar la porción que fue declarada inconstitucional. 

Sin embargo, el Congreso incumplió con la sentencia de la Primera Sala, por lo que el Pleno determinó eliminar la porción normativa con efectos generales. 

“La redacción resultante de la eliminación de las porciones normativas ‘Las clasificadas para público infantil’ y ‘los documentales educativos’ del artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía, permite que todas las películas puedan ser exhibidas al público con doblaje al español, con independencia de su clasificación, con lo cual ya no se incurre en la violación a la libertad de comercio”, explicó la Corte. 

La declaratoria no tendrá efectos retroactivos. 

Con información de proceso.com.mx

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Una elección nada recomendable

A una semana de la elección judicial y cuando aun no se conocen la mayoría de los resultados para los diferentes cargos, lo que llevará todavía unos días más, y a pesar de que la presidenta Claudia Sheinbaum, la consideró como "maravillosa", por lo pronto la Organización Estados Americanos (OEA) , consideró que este modelo no puede ser llevado a otro países.

Las razones según lo explica el analista Juan Ortiz, en sus redes sociales, fue debido a la baja participación de solamente un 13% del electorado, lo que evidencia el desinterés y por ende, la alta abstención. También, al considerarse como un riesgo para la independencia judicial.

Además, el que fue una reforma apresurada en su implementación, sin debate plural, ni gradualidad y un limittado análisis técnico. También, el que los requisitos fueron insuficientes, pues los criterios utilizados para las candidaturas, no garantizan idoneidad ni evitan politización.

Uno de los señalamientos, fue la complejidad de las boletas, que derivaron en confusión entre los electores y demoras a la hora de votar.

Otro punto, es que la difusión fue insuficiente, lo que no permitió conocer información sobre cargos y candidatos. También salió a relucir, las limitaciones al presupuesto al INE, que se tradujo en la reducción del número de casillas y que afectó la organización.

Y desde luego, los “acordeones” que dieron el sello distintivo a esta elección pues hubo denuncias sobre los listados que circularon, especialmente desde la 4T, que según se ha dicho, son considerados como propaganda ilegal y coacción al voto. Así la evaluación a una semana de esas elecciones. ¿Qué otros “detalles” saldrán en los próximos días?, ya se verá, comentan.

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