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SCJN elimina la prohibición de exhibir películas dobladas al español en México

CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- Luego de que el Congreso de la Unión incumplió con una sentencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el Pleno eliminó la prohibición de exhibir películas dobladas al español en México. 

Durante la sesión del Pleno de la Corte, los ministros avalaron la petición de la Primera Sala de emitir una declaratoria general de inconstitucionalidad respecto del artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía, por lo que en adelante la prohibición no podrá ser aplicada. 

En este caso la Primera Sala declaró, al resolver un amparo en revisión, que dicho artículo que prohibía la exhibición de películas, que no fueran infantiles o documentales educativos, dobladas al español era inconstitucional porque vulneraba el derecho a la libertad de comercio, por ser una medida innecesaria y desproporcionada para lograr el respeto irrestricto a la concepción y realización de las obras cinematográficas. 

El amparo fue resuelto por unanimidad de votos, por lo que generó jurisprudencia obligatoria y ordenó notificar al Congreso de la Unión para que en el plazo de 90 días reforme la ley para eliminar la porción que fue declarada inconstitucional. 

Sin embargo, el Congreso incumplió con la sentencia de la Primera Sala, por lo que el Pleno determinó eliminar la porción normativa con efectos generales. 

“La redacción resultante de la eliminación de las porciones normativas ‘Las clasificadas para público infantil’ y ‘los documentales educativos’ del artículo 8 de la Ley Federal de Cinematografía, permite que todas las películas puedan ser exhibidas al público con doblaje al español, con independencia de su clasificación, con lo cual ya no se incurre en la violación a la libertad de comercio”, explicó la Corte. 

La declaratoria no tendrá efectos retroactivos. 

Con información de proceso.com.mx

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Avanza el gusano barrenador del ganado

De llamar la atención el primer caso de gusano barrenador del ganado en humanos. Este fue detectado en una mujer, mayor de edad, residente el municipio de Acacoyagua, en el estado de Chiapas.

Luego que fuera alertada la presencia de ganado del gusano barrenador del ganado, el pasado 21 de noviembre de 2024, en un lote de ganado introducido de contrabando; ahora, se conoce la primera afectación a una persona, por parte de esta mosca que deposita sus huevecillos en heridas y cuyas posteriores larvas devoran el tejido vivo.

Incluso, hay información que habla de que habría hasta ocho personas afectadas por esta plaga, en siete estados de nuestro país, así que lo anterior pone en evidencia, la gravedad de su presencia , luego de que fue introducida desde Guatemala, por la falta de controles sanitarios y legales adecuados en la frontera Sur de nuestro país.

También, lo anterior muestra que la plaga se está expandiendo, pese a la campaña en su contra con mosca esterilizada, lo que al parecer no es suficiente dada su presencia en varias entidades del país como son Chiapas, Tabasco y Campeche, en donde ya se han tenido reportes de casos.

Hay quienes dicen que, si esto sucede ya con humanos, habrá que imaginar lo que ocurre, por ejemplo, con la fauna, que no está exenta del ataque de esta plaga, especies a las que no hay manera de atender como es el caso del ganado u otros animales domésticos.

Así, esta plaga se está expandiendo y que,  pese a no estar presente en el norte del país, ya causó grandes pérdidas económicas a los ganaderos exportadores de becerro en pie, como es Chihuahua, que por la detección de esta mosca en Chiapas, Estados Unidos cerró su frontera a la comercialización de ganado por casi tres meses. Comentan que, urgen mayores medidas de control, como puede ser entre otras, el cierre de la frontera Sur, algo que han pedido de manera insistente los productores pecuarios.

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