El gobierno de México respetó la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) y aceptó su responsabilidad en el caso del feminicidio de Lilia Alejandra García Andrade, joven de 17 años que en febrero de 2001 salió a trabajar, pero no regresó a su casa.
“El Gobierno de México reitera su respeto a las decisiones de los órganos internacionales de protección de los derechos humanos, en particular de la Corte Interamericana, y su compromiso permanente con el cumplimiento de las obligaciones internacionales asumidas por el Estado mexicano”, señaló.
En un comunicado conjunto entre la Secretaría de Gobernación, Relaciones Exteriores y Mujeres, comentó que, en la audiencia del caso en marzo de 2025, México aceptó su responsabilidad, en particular, por el incumplimiento en el deber de prevención e investigación adecuada en torno a la desaparición, violación sexual y feminicidio de Lilia Alejandra a la luz del contexto que existía en Ciudad Juárez en los años en que se desarrollaron estos hechos.
“En su sentencia, la CoIDH reconoció que el Estado mexicano ha desarrollado una serie de reformas normativas e institucionales a favor de la igualdad sustantiva de las mujeres y la lucha contra la violencia de género”, indicó en el comunicado.
Señaló que autoridades competentes llevarán a cabo un análisis integral y detallado de la sentencia, a fin de definir las acciones institucionales necesarias para dar cumplimiento a las medidas de reparación ordenadas.
Foto: Cuartoscuro
“El Estado mexicano reafirma su compromiso con la prevención, atención, sanción y erradicación de todas las formas de violencia contra las mujeres y con la garantía efectiva de sus derechos humanos por lo que, continuará impulsando políticas públicas, mecanismos de coordinación interinstitucional y procesos de capacitación que contribuyan a combatir la impunidad, transformar las prácticas institucionales y asegurar que hechos como los ocurridos no se repitan”, agregó.
A casi 25 años del feminicidio de Lilia Alejandra García Andrade, la Corte Interamericana concluyó que el Estado mexicano falló en prevenir, investigar y sancionar la violencia extrema contra la joven.
La sentencia, notificada este viernes, concluyó que México incurrió en múltiples violaciones a derechos humanos en un caso marcado por la violencia de género, la impunidad y la ausencia de debida diligencia de las autoridades.
En el fallo del caso García Andrade y otros Vs. México, la Corte IDH estableció la responsabilidad del Estado por la “desaparición, tortura y feminicidio de Lilia Alejandra García Andrade”, una joven de 17 años, madre de dos hijos y trabajadora de una maquiladora en Ciudad Juárez, Chihuahua, donde existía “un contexto de violencia de género y de impunidad generalizada”.
De acuerdo con la sentencia, García Andrade tenía 17 años y trabajaba en una planta maquiladora. Era madre de dos hijos pequeños: Jade Tikva y José Kaleb García Andrade.
Cuando su madre acudió a denunciar su desaparición, esta “no fue tramitada con diligencia”. El 21 de febrero de 2001, el cuerpo de Lilia Alejandra fue encontrado en un terreno baldío. La Corte detalló que la causa de muerte fue “estrangulamiento manual con características de homicidio posterior a un ataque sexual”.
En uno de los puntos más contundentes del fallo, la Corte IDH estableció que Lilia Alejandra fue víctima de tortura sexual. Aunque no se tiene certeza sobre la autoría material de los hechos, el tribunal concluyó que la ausencia de acciones diligentes de búsqueda, pese a que se conocía su desaparición en un contexto de violencia sexual contra las mujeres en Ciudad Juárez, constituyó “una actuación negligente y omisa de las autoridades”.
Esa omisión determinó la Corte, “constituyó un acto de tolerancia frente a los actos de tortura, de violencia sexual que finalmente sufrió”, lo que permite atribuir responsabilidad al Estado mexicano.
La sentencia dedica un apartado específico a la situación de Norma Esther Andrade, madre de Lilia Alejandra, quien tras el feminicidio de su hija se hizo cargo de sus dos nietos y asumió un papel activo en la búsqueda de justicia. La Corte tuvo por acreditado que los atentados sufridos en su contra fueron ataques dirigidos a una defensora de derechos humanos.
El tribunal reiteró su jurisprudencia sobre el derecho autónomo a defender derechos humanos y la obligación de los Estados de prevenir e investigar los atentados contra quienes realizan esta labor. También destacó la necesidad de reconocer y garantizar el trabajo de las madres de víctimas de feminicidio, “quienes se convierten en activistas frente a la inacción estatal”.
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La Corte también analizó las afectaciones sufridas por los familiares de Lilia Alejandra, subrayando el impacto del feminicidio en tres generaciones de una misma familia. En particular, destacó la carga que recayó sobre la madre de la víctima, quien asumió simultáneamente el cuidado de sus nietos y la búsqueda de la verdad ante la ineficiencia de las autoridades.
El fallo concluyó que se violaron no solo los derechos de la niñez de los hijos de Lilia Alejandra, sino también el derecho a la protección de la familia y los derechos de circulación y residencia de sus familiares. Además, la Corte determinó que el Estado violó el derecho a conocer la verdad, reconocido en los artículos 8.1, 13.1 y 25.1 de la Convención Americana.
Con información de Animal Político.mx