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Reparto de utilidades 2025: cuándo depositan, cuál es la fecha límite y qué hacer si no me las pagan

El reparto de utilidades es una prestación a la que tienen derecho todas y todos los trabajadores de una empresa o una persona física y el cual está plasmado en la Constitución y en la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Este derecho reconoce la labor de los empleados en la generación de ganancias para las empresas, por lo que cada año los trabajadores reciben una parte proporcional de las utilidades.

¿Cuándo depositan las utilidades y cuál es la fecha límite?

De acuerdo con la Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet), el pago de utilidades para las empresas comenzó el pasado 1 de abril y tiene como fecha límite el 30 de mayo.

En tanto, para las personas físicas que empleen a otras el pago de utilidades comenzará el 1 de mayo y tendrá como fecha límite el 29 de junio.

Este derecho aplica para todas las personas que hayan trabajado en la empresa, incluso si ya no laboran en ella, siempre y cuando la relación laboral haya sido de al menos 60 días. No podrán recibir pago de utilidades directores, administradores, gerentes, socios o accionistas.

Sin embargo, hay algunas empresas que no están obligadas a pagar utilidades, estas son:

  • Empresas nuevas durante su primer año de operación.
  • El IMSS y otras instituciones públicas o con fines culturales, asistenciales o de beneficencia.
  • Empresas con capital inferior al establecido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social de acuerdo a su industria
  • Instituciones de asistencia privada sin fines de lucro y sin beneficiarios designados individualmente.

Recuerda que, según la Ley Federal del Trabajo, si no recibes el pago o lo recibes incompleto tienes un año para reclamo a partir de la fecha límite que te corresponda.

¿Cómo calcular el reparto de utilidades?

De acuerdo con el capítulo VIII de la Ley Federal del Trabajo, el porcentaje de utilidades que se reparten a los trabajadores es determinado por la Comisión Nacional para la Participación de los Trabajadores, que usualmente establece un 10 %.

Esta utilidad repartible se divide en dos partes iguales: la primera parte se reparte por igual entre todos, tomando en consideración el número de días trabajados por cada uno en el año, independientemente del monto de los salarios.

En tanto, la segunda parte se reparte en proporción al monto del salario devengado por el trabajo hecho durante un año. Esto según lo establecido en el artículo 123 de la LFT.  No se considera para este cálculo ingresos como horas extra, bonificaciones o cualquier adicional, sin embargo, vacaciones, días festivos, o con goce de sueldo sí se consideran.

Una comisión integrada por el mismo número de representantes de los trabajadores y del patrón formulará un proyecto, que determine la participación de cada trabajador y lo fijará en lugar visible del establecimiento. Para esto, el patrón pondrá a disposición de la Comisión la lista de asistencia y de raya de los trabajadores y los demás elementos de que disponga.

¿Qué hacer si no me pagaron mis utilidades?

En caso de que no te hayan pagado tus utilidades o lo hagan de forma incompleta tienes derecho a presentarte a Conciliación y Arbitraje para resolver el problema y, en caso de que no se logre, también puedes hacer un juicio ante los Tribunales Laborales.

Puedes acercarte a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría y apoyo puedes llamar al 800 717 29 42 o al 800 911 78 77, al correo orientacionprofedet@stps.gob.mx o en alguna oficina (puedes encontrar las ubicaciones aquí)

Tips al momento

Una elección nada recomendable

A una semana de la elección judicial y cuando aun no se conocen la mayoría de los resultados para los diferentes cargos, lo que llevará todavía unos días más, y a pesar de que la presidenta Claudia Sheinbaum, la consideró como "maravillosa", por lo pronto la Organización Estados Americanos (OEA) , consideró que este modelo no puede ser llevado a otro países.

Las razones según lo explica el analista Juan Ortiz, en sus redes sociales, fue debido a la baja participación de solamente un 13% del electorado, lo que evidencia el desinterés y por ende, la alta abstención. También, al considerarse como un riesgo para la independencia judicial.

Además, el que fue una reforma apresurada en su implementación, sin debate plural, ni gradualidad y un limittado análisis técnico. También, el que los requisitos fueron insuficientes, pues los criterios utilizados para las candidaturas, no garantizan idoneidad ni evitan politización.

Uno de los señalamientos, fue la complejidad de las boletas, que derivaron en confusión entre los electores y demoras a la hora de votar.

Otro punto, es que la difusión fue insuficiente, lo que no permitió conocer información sobre cargos y candidatos. También salió a relucir, las limitaciones al presupuesto al INE, que se tradujo en la reducción del número de casillas y que afectó la organización.

Y desde luego, los “acordeones” que dieron el sello distintivo a esta elección pues hubo denuncias sobre los listados que circularon, especialmente desde la 4T, que según se ha dicho, son considerados como propaganda ilegal y coacción al voto. Así la evaluación a una semana de esas elecciones. ¿Qué otros “detalles” saldrán en los próximos días?, ya se verá, comentan.

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