La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) otorgó un amparo en favor de 48 mujeres para que puedan solicitar una interrupción del embarazo hasta las 12 semanas en los Servicios de Salud de Morelos sin que les sea negado dicho servicio.
Lo anterior luego de que una mayoría de tres ministros se pronunciaron por declarar inconstitucional la omisión de los Servicios de Salud de Morelos de prestar el servicio de aborto voluntario, por lo que deberá comenzar a brindar esa opción de manera inmediata a las promoventes del amparo.
También se estableció que las autoridades de ese estado no podrán invocar los artículos del Código Penal morelense para negar el derecho a decidir de las mujeres a las que se les otorgó el amparo.
Las ministras Loretta Ortiz Ahlf y Margarita Ríos Farjat, así como el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá aprobaron el proyecto del ministro Jorge Pardo Rebolledo, quien votó en contra de su propia propuesta junto al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena.
En su decisión, la Primera Sala de la SCJN indicó que no se podrán iniciar carpetas de investigación en contra de los profesionales de la salud que practiquen los abortos a las 48 mujeres, por lo que les serán inaplicables los artículos 115, 116, 117 y 119 del Código Penal de Morelos.
De igual manera, no se les podrá iniciar una investigación por responsabilidad administrativa a los prestadores del servicio de salud por practicar abortos.
A pesar de los fallos de la Suprema Corte en favor de la despenalización del aborto, en Morelos se sigue considerando como delito la interrupción del embarazo en cualquier etapa de gestación, con penas desde uno hasta ocho años de prisión.
Con información de: LatinUs.