Rechaza la Corte aplazar litigios fiscales de firmas de Salinas Pliego

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó ayer la petición de Elektra y TV Azteca, empresas propiedad de Ricardo Salinas Pliego, de aplazar los litigios que tienen en materia fiscal.

Dichas empresas advirtieron que hay una petición al gobierno federal, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), para ajustar los montos de los créditos fiscales que tienen pendientes.

Por ello, pidieron a la SCJN no dictar sentencia en siete casos relacionados con créditos fiscales por más de 33 mil 400 millones de pesos.

Arguyeron que si el SAT ajusta el monto, no habría necesidad de la intervención de la SCJN.

No obstante, Hugo Aguilar Ortiz, presidente de la Corte, rechazó la petición bajo el argumento de que “no existe disposición legal que faculte al ministro presidente suspender el dictado del fallo”.

Explicó que en el caso de amparos directos en revisión, sólo las autoridades pueden ofrecer nuevas pruebas a la Corte.

Además, el proceso prevé recursos como el desistimiento.

Elektra y TV Azteca han acelerado sus promociones ante la SCJN. Tan sólo ayer hubo 14 notificaciones relacionadas con igual número de amparos en revisión o solicitudes de impedimento.

Se ha advertido que en el momento en que se detecta una práctica dilatoria, los recursos serán desechados sin mayor trámite.

Ayer, por ejemplo, se desecharon solicitudes de impedimento al advertir que no hay sustento para que las ministras Lenia Batres, Loretta Ortiz y Yasmín Esquivel se excusen de ciertos casos.

Jurisprudencia en Q. Roo

En tanto, durante la sesión pública de ayer, los ministros invalidaron la facultad de Fiscalía Anticorrupción de Quinta Roo para solicitar intervención de comunicaciones y la geolocalización en tiempo real.

Por mayoría de seis votos contra tres, indicaron que estas acciones afectan derechos fundamentales y sólo pueden regularse a nivel federal.

Estimaron que validar dichos artículos sería tanto como abrir la puerta a la duplicidad de las facultades y funciones dentro de la Fiscalía, y con ello poner en riesgo la privacidad de las personas.

Por ello, se invalidaron los artículos de la Constitución de Quinta Roo que preveían esas facultades y otros que imponen medidas de apremio, como arrestos y multas por no atender las solicitudes.

Además, por vía de extensión, se invalidó el precepto que preveía la conservación inmediata de datos en redes informáticas. En contra votaron Batres, Estela Ríos y Sara Irene Herrerías.

Con información de El Financiero. 

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