La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó este jueves revocar la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) que declaró como vacantes candidaturas a jueces y magistrados por no alcanzar el promedio de nueve en materias relacionadas con los cargos.
Por mayoría de votos, los magistrados ordenaron al INE restituir el derecho de los ganadores y que se les entregue sus constancias de mayoría en 15 de los casos.
Proyecto aprobado planteó revocar la determinación de ilegibilidad del INE “al considerar que carece de atribuciones” los cuales corresponden a los Comités de Evaluación de los diferentes Poderes del Estado.
El magistrado Alfredo Fuentes Barrera, al presentar los asuntos, aseguró que el INE hizo una revaloración aspectos técnicos de los Comités de Evaluación posteriormente de la jornada electoral.
“El INE fue más allá de verificar documentación, aplicó además una metodología no prevista en la normativa vigente”, comentó.
Por su parte, la magistrada Janine Otálora Malassis, quien votó en contra del proyecto, dijo que contar con nueve en las calificaciones es un requisito de elegibilidad “forma parte de una lista cerrada de condiciones que la constitución establece para acceder a una candidatura”.
La magistrada Mónica Aralí Soto Fregoso argumentó que estas personas cumplieron con los requisitos constituciones y afirmó que “fue indebido” que se declarara la inelegibilidad de las candidaturas actoras “derivado de que el INE excedió en sus atribuciones”.
El pasado 26 de junio, el INE determinó declarar como vacantes 45 candidaturas a magistraturas y a juzgados por no alcanzar el ocho y nueve de promedio en materias relacionadas con sus cargos.
De acuerdo con el instituto, un total de 24 candidatos a magistraturas a circuitos y 21 a juzgados de distrito no cumplieron con el promedio solicitado para acceder a los cargos en la pasada elección de 1 de junio.
Con información de: LatinUs.