
CIUDAD DE MÉXICO (apro) .- Por unanimidad de votos los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) despenalizaron el aborto en Tlaxcala, entidad que castigaba a las mujeres y personas gestantes víctimas de violencia sexual que interrumpían su embarazo sin previa autorización del ministerio público.
La Ley de Salud de Tlaxcala obligaba a las mujeres que denunciaban violencia sexual a presentar dicha autorización del ministerio público o el consentimiento de padres o tutores para el caso de menores de edad, para acceder a un aborto seguro en las instituciones de salud pública e incluso, conforme al Código Penal estatal, se castigaba con cárcel a quien les proporcionara el servicio sin tener el documento.
Por ello, de manera excepcional invalidaron también los artículos del Código Penal de Tlaxcala que castigaban de manera absoluta el aborto.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa presentó el proyecto de resolución con el que la Corte consideró que la legislación de Tlaxcala es inconstitucional y que este tipo de requisitos desconocen la urgencia real de la atención en casos de violencia sexual e ignora las barreras que enfrentan las víctimas para denunciar.
“En nuestro país el 98.6% de los delitos sexuales no se denuncian, de acuerdo con la Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana de 2020. ¿Y saben ustedes la razón principal por la cual las mujeres, en su mayoría, no denuncian estos delitos? Pues es porque las autoridades no les creen y son revictimizadas. Aquí considero entonces necesario remarcar que el mismo sistema de normas combatido, al involucrar al ministerio público, está dándole entrada a este Alto Tribunal a que revise el panorama normativo en el que se pide la autorización del ministerio público, y no podemos dejar de ver esto, ante este ámbito normativo en el que las mujeres pues necesitan que nos pronunciemos de manera amplia”, dijo el ministro Giovanni Figueroa.
“No dejemos pasar la oportunidad de defender el derecho de las mujeres y personas gestantes para que puedan interrumpir el embarazo de manera libre, segura y gratuita y al hacerlo, salvemos vidas de mujeres de Tlaxcala que mueren practicando abortos clandestinos”.
El fallo de la Corte indicó que la legislación de Tlaxcala afecta directamente la autonomía, libertad, desarrollo de la personalidad y salud en condiciones de igualdad y sin discriminación a que tienen derecho las mujeres y personas gestantes, y en el caso de la autorización requerida para las menores de edad, limita su capacidad para tomar decisiones urgentes e informadas sobre su salud y puede disuadirlas de buscar atención médica oportuna.
Con información de: Proceso.