
Hace más de 17 años, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) ordenó al Estado mexicano crear en Chihuahua una base de datos de feminicidios, en su sentencia por el caso conocido como Campo Algodonero, mandato que podría convertirse en la primera gran prueba de fuego para la nueva fiscal Ernestina Godoy Ramos, tras su llegada a la Fiscalía General de la República (FGR).
Al crear el registro de feminicidios, la fiscal no solo estaría cumpliendo una obligación de carácter internacional, sino que podría tener el potencial de establecer un estándar para atender la violencia de género y feminicida en todo México, según especialistas.
La omisión de crear este registro de feminicidios por parte del Estado también forma parte de la lista de omisiones graves que cometió el exfiscal Alejandro Gertz Manero durante los más de seis años que estuvo al frente de la FGR, en los que no solo no presentó el Plan Estratégico de Procuración de Justicia, sino que además abandonó totalmente bases de datos clave para combatir la crisis forense que vive México.
Luego de que la presidenta Claudia Sheinbaum explicó que propuso a tres mujeres para encabezar la FGR, asegurando que “es tiempo de mujeres”, la fiscal Godoy podría demostrar que la llegada de un perfil como el suyo a un puesto de poder se puede traducir en acciones concretas y efectivas en favor de otras mujeres, según especialistas.
Alejandro Gertz Manero, extitular de la FGR. Foto: Cuartoscuro
El Caso González y otras contra México, mejor conocido como Campo Algodonero, tiene que ver con la desaparición y asesinato de tres jóvenes en Ciudad Juárez, Chihuahua, en el año 2001. Una ciudad fronteriza que ha sido fuertemente golpeada por el crimen organizado y que, además, ha presentado un aumento crítico de feminicidios desde 1993.
Se trató de Laura Berenice Ramos, estudiante de 17 años, que desapareció el 22 de septiembre de 2001; Claudia Ivette González, trabajadora de 20 años que laboraba en una empresa maquiladora y que desapareció el 10 de octubre de 2001; así como Esmeralda Herrera Monreal, empleada doméstica de 15 años, que desapareció el lunes 29 de octubre de 2001.
Al no saber nada de las jóvenes, sus familiares presentaron diversas denuncias por sus desapariciones. Sin embargo, las autoridades solo se limitaron a elaborar los registros de desaparición, los carteles de búsqueda y la toma de declaraciones.
Días después, el 6 de noviembre de 2001, se encontraron los cuerpos de las tres con signos de abuso sexual. A pesar de los recursos interpuestos, no se investigó ni sancionó a los responsables.
Foto: Cuartoscuro
El 6 de marzo de 2002, se presentó una petición inicial del caso ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), organismo que presentó un informe donde manifestó que los cuerpos de las jóvenes fueron objeto de ensañamiento por los perpetradores de los homicidios.
En su informe, la CIDH añadió que “la forma en que fueron encontrados los cuerpos de las tres víctimas sugiere que fueron violadas y abusadas con extrema crueldad”, por lo que realizó diversas recomendaciones al Estado mexicano para que diera justicia a las víctimas y sus familias.
Así, en un primer informe, las autoridades mexicanas reportaron el cumplimiento parcial de las recomendaciones, argumentando que para cumplirlas en su totalidad era necesario que la CIDH aumentara el plazo concedido para dar resultados.
La CIDH le concedió dos meses más, pero debido a que durante este periodo las autoridades no presentaron grandes avances, el 4 de noviembre de 2004 presentó una demanda en contra del Estado mexicano ante la CoIDH por su presunta responsabilidad en la desaparición y posterior muerte de Laura Berenice, Claudia Ivette y Esmeralda.
La Caravana por la Paz con Justicia y Dignidad realizó en 2011 un acto en el Campo Algodonero de Ciudad Juárez. Foto: Cuartoscuro
Karla Micheel Salas Ramírez, abogada del caso Campo Algodonero, recuerda que durante el litigio ante la CoIDH el Estado mexicano se intentó justificar por la omisión bajo el argumento de que “se habían asesinado a más mujeres en otras partes del mundo” y que en México las muertes eran producto de la cultura machista, algo de lo que las autoridades aseguraban no podían hacerse responsables.
“Pero la Corte Interamericana le dio un giro al asunto y les dijo: ‘no, claro que eres responsable. Eres responsable, en general, de las acciones que modifiquen los procesos culturales. También eres responsable porque no puedes establecer con toda claridad las cifras —tema que en algún momento Marcela Lagarde, antropóloga e investigadora mexicana, llamó danza de las cifras— cuando por un lado las organizaciones de la sociedad civil y los medios de comunicación han reportado históricamente un número específico de mujeres asesinadas y, por otro lado, el Estado mexicano da otros datos, que evidentemente siempre son menores’”, señala.
Fue así como, tras analizar el caso, el 16 de noviembre de 2009, la Corte Interamericana condenó al Estado mexicano como responsable en la desaparición y muerte de las tres jóvenes, sentando un importante precedente contra el feminicidio y la violencia de género por la violación de diversos derechos estipulados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como los derechos del niño, a la vida, a la integridad personal y a la honra y dignidad de las víctimas y sus familias.
Karla Micheel Salas Ramírez, abogada del caso Campo Algodonero. Foto: Cuartoscuro
Fue así que, como parte de su sentencia, la CoIDH ordenó al Estado mexicano implementar diversas medidas estructurales para prevenir, atender, investigar y sancionar la violencia feminicida.
Entre estas medidas estaba la obligación de crear o actualizar bases de datos funcionales, accesibles, completas, centralizadas y actualizadas que incluyera la información “genética y muestras celulares provenientes de los cuerpos de cualquier mujer o niña no identificada que fuera privada de la vida en el estado de Chihuahua”.
También crear una base de datos con información de mujeres y niñas desaparecidas a nivel nacional y otra con datos genéticos y muestras celulares de sus familiares, con el objetivo de investigar sus desapariciones, órdenes que fueron incumplidas por las autoridades.
“Estas herramientas iban a permitir a las autoridades identificar patrones y modus operandi para saber, por ejemplo, dónde, cuándo, cómo se están llevando a las niñas, adolescentes y mujeres del país […] y georreferenciar, es decir, detectar zonas de riesgo para vincular los casos relacionados de feminicidios y desapariciones, fortalecer los sistemas de prevención y tener una alerta temprana”, explica Alejandra Cartagena, del Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (CLADEM), en entrevista con Animal Político.
De acuerdo con la especialista, lo anterior tenía que ver con el “estándar de debida diligencia reforzada”, donde la Corte Interamericana le dijo al Estado que no tenía que ver a la violencia contra las mujeres —lo que incluye su desaparición y feminicidios— como casos aislados, porque eso no le permite identificar patrones o modus operandi.
Foto: Cuartocuro
“Y no solo por tener estadística, eso también es importante decirlo, sino porque estas bases nos permiten no solo documentar y sistematizar la información, sino prevenir y corregir aquellas fallas en la investigación y en la búsqueda que, sin duda, ponen en riesgo la vida y la integridad de las mujeres”.
Aunque la sentencia del caso Campo Algodonero se centra en Chihuahua, para las especialistas también se trata de una orden de la Corte Interamericana al Estado mexicano en la que le reiteró su obligación de tener bases de datos sobre feminicidios, misma que podría ser el precedente para una política nacional de registros que cumpla los estándares internacionales.
“Y cuando digo la palabra ‘reiterar’ es porque esa obligación surge, en realidad, desde 1994, justamente a partir de la Convención Belén Do Pará, que establece con toda puntualidad que los estados que sean parte, como fue el mexicano, deben tener esa base de datos, esa información desagregada por sexo. Es decir, sirvió para que la Corte Interamericana le recordara a México que esta obligación no la tiene a partir de que este caso llega a la Corte, sino que la tiene desde los años noventa”, agrega Karla Micheel.
De esta forma, aunque para especialistas seguir hablando del incumplimiento se puede calificar como “una vergüenza”, pues a más de 16 años no se ha cumplido, también podría ser la prueba de fuego para que Ernestina Godoy corrija la inacción de casi dos décadas y se implemente una base de datos que podría ser el primer paso para presionar a otros estados a estandarizar y mejorar sus registros, sentando un nuevo estándar de justicia para todo el país.
Norma Alejandra, madre de Lilia Alejandra García Andrade, víctima de feminicidio en 2001 en Ciudad Juárez, Chihuahua. Foto: Cuartoscuro
Días después de que Alejandro Gertz Manero presentó su renuncia como fiscal de la nación, Claudia Sheinbaum Pardo aseguró que propuso a tres mujeres para encabezar a la FGR argumentando que “es tiempo de mujeres”, una frase que ha repetido en al menos 55 veces desde que tomó posesión como la primera presidenta de México.
Así, en el contexto actual, esta frase se puede ver como un elemento de contraste y estándar de exigencia para la fiscal Godoy, pues la llegada de una mujer a este puesto puede tener un peso simbólico y práctico en cuanto a la creación de este registro, el avance de estrategias en materia de género y en general para cambiar la estructura de impartición de justicia del país.
—¿Crees que la llegada de Ernestina Godoy al frente de la FGR sea suficiente para vencer la omisión que ha persistido en este caso por más de 16 años? —se le preguntó a ambas especialistas.
— Por supuesto que la llegada de Ernestina Godoy cubre algunas posibilidades, sobre todo por el trabajo que vimos que se realizó en la Ciudad de México, con perfiles importantes como Sayuri [Herrera], una compañera que venía de las organizaciones civiles y una muy buena abogada con perspectiva de género. Tenemos la confianza, queremos tener la confianza de que se puedan impulsar procesos importantes, como este que mencionas —respondió Alejandra Cartagena, del CLADEM.
Sayuri Herrera Román. Foto: Cuartoscuro
Karla Micheel Salas, abogada del caso Campo Algodonero, si bien señala que la FGR tiene un papel muy importante, recuerda que en la extinta Procuraduría General de la República (PGR) no hubo interés real por dar cumplimiento a la sentencia, lo que ocurrió también durante la administración de Gertz Manero.
— Yo creo que el reto es gigantesco, es enorme. Obviamente sabemos que una persona no puede transformar, ojalá fuera así, romper estas graves omisiones que ha tenido históricamente la FGR. Sabemos que es difícil, porque al final una institución no solamente es la persona que le encabeza, sino toda la estructura, la forma en la que se han instalado las personas en el servicio público y la forma en la que se ha pensado y planteado la procuración de justicia. Sin embargo, debo decir que, en lo particular, sí tengo una esperanza en que Ernestina pueda encabezar una transformación profunda en la fiscalía —agrega.
A Alejandro Gertz Manero lo califica como “un lastre para la justicia y para las víctimas” y recordó que la sentencia de la Corte Interamericana fue dirigida a todo el Estado mexicano. Es decir, quien fue declarado responsable internacionalmente fue el Estado. “En ese sentido lo que implementen tiene que ser una política nacional”, agrega.
Aunque en respuesta a esta sentencia de la Corte Interamericana contra México el Congreso de la Unión ha reformado la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se fortaleció al Instituto Nacional de la Mujeres (ahora Secretaría de las Mujeres), y la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) creó el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género, existen otra serie de problemas identificados por las especialistas.
Por ejemplo, aseguran que sigue habiendo “registros fragmentados” en las fiscalías y en las comisiones de búsqueda (tanto a nivel estatal como a nivel federal), que se rehúsan a crear una base de datos unificada, homologada y que concentre información de feminicidios, homicidios y muertes violentas de mujeres en todo el país.
La SCJN creó el Protocolo para Juzgar con Perspectiva de Género. Foto: Cuartoscuro
“Otra cosa importante es que seguimos teniendo fiscalías que no están acreditando los tipos penales de feminicidio, que siguen acreditando estos tipos penales, como homicidio doloso, parricidio, infanticidio e incluso algunos como suicidio, pero que ni siquiera se investigan con el protocolo de feminicidio, a pesar de tener el estándar de la sentencia del caso Mariana Lima, que ordenó que toda muerte violenta debe de investigarse como feminicidio”, recuerda Alejandra Cartagena.
Agrega que no solo es la falta de bases o bancos de datos, sino incluso la falta de capacitación y sensibilidad de los servidores públicos que están en estas instituciones y que siguen negando o hasta ocultando la existencia de los feminicidios, lo que implica que no se pueda identificar la violencia feminicida en el país.
“O sea, no tenemos patrones uniformes ni tipos penales importantes, y los que tenemos no se aplican por la falta de perspectiva de género por parte de quienes están en estos espacios, que les sigue pareciendo que el tipo penal de feminicidio no existe”, añade.
Además, señala que hay otros riesgos institucionales, estereotipos y roles de género que siguen atravesando los Ministerios Públicos del país, mismos que tienen capacidades muy limitadas en materia pericial y de investigación.
“No solo es tener un tipo penal y un protocolo, sino los recursos humanos con perfiles idóneos para investigar y tener también en las otras ramas personas que estén capacitadas, como los propios peritos”, añade Alejandra Cartagena.
Por su parte, Karla Micheel agrega que otro de los grandes pendientes que tendrá Ernestina Godoy al frente de la FGR, sobre todo porque ella fue parte de ese proceso litigioso en diferentes momentos y con diferentes puestos, es lo resolutivo de la sentencia del caso Digna Ochoa, que establece, entre otras cosas, la independencia de los servicios periciales.
Foto: Cuartoscuro
“Eso también es supremamente importante, también es uno de los grandes pendientes que le toca a la Fiscalía General de la República, por supuesto, el fortalecimiento de las investigaciones de los crímenes que se cometen en contra de las personas defensoras”. La especialista menciona que el país no puede seguir teniendo jueces y magistrados que no observen la violencia feminicida, que prefieran “hablar de casos donde hay una tentativa de feminicidio” argumentando que “si la hubiera querido matar, la mata”.
“Hay todo un montón de acciones que tiene que realizar el Estado mexicano para cumplir con sus obligaciones, no solo conforme a sentencias como la de Campo Algodonero, sino conforme a estándares internacionales y a las convenciones Belém do Pará que México ha firmado y ha ratificado”.
Con información de Animal Político.