PUEBLA, Pue. (Proceso).- Los juzgados Primero y Cuarto de Distrito en Materia Penal de Puebla desecharon cuatro amparos en contra del delito de ciberasedio en Puebla interpuestos por organizaciones a favor de la libertad de expresión. Aunque la representación legal de Projuc y Propuesta Cívica aseguró que interpondrá un recurso de queja para que sea un Tribunal Colegiado el que analice el fondo, existen cuestionamientos contra las personas titulares de los juzgados y los criterios en que basaron sus resoluciones.
Se trata de la jueza cuarta de distrito, María del Carmen Ruiz Medina, quien amparó a exfuncionarios señalados por actos de corrupción, y el encargado del primero de distrito, quien funge como secretario, Aarón Luis Zárate, y que tiene pocos años de experiencia en materia judicial.
Desde el punto de vista de Andrea Viloria, de Proyecto Justicia Común (Projuc), y Víctor Martínez, de Propuesta Cívica, el hecho de que ambos juzgadores desecharan los amparos al considerar al delito de ciberasedio como una norma heteroaplicativa (que no genera consecuencias jurídicas directamente con su entrada en vigor, sino que requiere de un acto de aplicación) demuestra un desconocimiento de la tutela judicial efectiva y de las sentencias de la Suprema Corte de Justicia Nacional (SCJN) en materia de libertad de expresión.
La Ley de Ciberasedio fue aprobada en Puebla en junio y pese a la demanda de organizaciones para que fuera derogada, los diputados sólo aprobaron una reforma que mantuvo la tipificación de este delito.
El artículo 480 establece sanciones penales a aquellas personas que a través de redes sociales o plataformas digitales realice: “actos de vigilancia”, “hostigamiento” u “ofenda” a una persona.
María del Carmen Ruiz ha sido señalada de criminalizar a activistas, ya que quitó el amparo contra una orden de aprehensión al defensor del agua de San Miguel Xoxtla Pascual Bermúdez Chantes, después de que la empresa Agua de Puebla lo acusara daño en propiedad ajena y despojo.
De acuerdo con el Consejo Ciudadano Defensores de la Tierra y el Agua de San Miguel Xoxtla, Ruiz Medina revocó en julio de este año la suspensión provisional del amparo otorgado al activista tras “confundir” los juzgados, pue en lugar de solicitar el informe justificado al Juez de Oralidad Penal y Ejecución de la Región Judicial Centro-Poniente de Cholula, quien emitió la orden de aprehensión, la pidió al de la Región Centro, con sede en Puebla, quien negó los actos reclamados.
Aunque finalmente Bermúdez Chantes fue exonerado, junto con Rogelio Flores, para el Consejo Ciudadano Defensores de la Tierra y el Agua de San Miguel Xoxtla la acción de la jueza fue intencionada y tendiente a criminalizar a quienes se oponen al saqueo del agua en sus comunidades.
Por otra parte, esa misma jueza otorgó sendos amparos a cinco funcionarios municipales de San Andrés Cholula y al extitular del Comité Administrador Poblano para la Construcción de Espacios Educativos (CAPCEE), Jorge Benito Cruz Bermúdez, señalados por presuntos actos de corrupción.
En 2021 el extesorero de San Andrés, Héctor López Herrera; el excontralor, José Héctor Huerta; el exsecretario general, Daniel Anteliz; la exregidora de la Comisión de Desarrollo Social, Grupos Vulnerables, Juventud y Equidad entre Géneros, María Dolores Gabiño, y la exregidora de la Comisión de Patrimonio y Hacienda Pública, Pascuala Irene Huitle, fueron amparados por la jueza en contra de cualquier orden de aprehensión en su contra.
A los exservidores públicos municipales, junto con el expresidente Leoncio Paisano, se les acusó de malversación de recursos públicos por un monto de 42.4 millones de pesos, según los registros y la denuncia presentada por la Auditoría Superior del Estado (ASE).
En el caso de Cruz Bermúdez, fue en 2020 cuando tramitó un amparo para evitar su detención, presentación o aprehensión, el cual fue concedido por la jueza cuarta de distrito. Aunque posteriormente dicho recurso fue cerrado debido que no existía orden de aprehensión alguna en contra del funcionario morenovallista.
El entonces gobernador Luis Miguel Barbosa Huerta acusó a Jorge Benito Cruz por el supuesto desvío de 173 millones de pesos para construir 162 escuelas.
Con respecto al Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal, quien firmó el desechamiento de los amparos contra el ciberasedio fue el secretario Aarón Luis Zárate, quien sería el encargado de despacho, pues el juzgado está acéfalo.
Luis Zárate fue nombrado en 2023 secretario de juzgado, de acuerdo con información del Consejo de la Judicatura Federal; en 2021 tomó el curso básico de formación y preparación para secretarios del Poder Judicial de la Federación.
El abogado Víctor Martínez apuntó que la resolución del secretario del primer juzgado de distrito no estudia el fondo del interés legítimo de los amparos presentados, sólo se centra en apuntar que el delito de ciberasedio, contemplado en el artículo 480 del Código Penal de Puebla, es heteroaplicativo y por lo tanto la parte quejosa, al no tener una orden de aprehensión o vinculación a proceso, no se puede amparar.
Sin embargo, explicó Martínez, no toma en cuenta algunas sentencias de la Suprema Corte que señalan que en los casos relacionados con la libertad de expresión las y los periodistas tienen un interés legítimo y por tanto este tipo de delitos pueden causarle una afectación en cuanto al nivel de autocensura.
“Es una resolución bastante burda (la del juzgado primero), y digo burda porque no hay una argumentación, digamos amplia, respecto a lo que nosotros señalamos en los amparos”, dijo el abogado de Propuesta Cívica para Proceso.
Con respecto al desechamiento de la jueza cuarta, Andrea Viloria apuntó que usó el mismo argumento: señalar que el delito de ciberasedio no afecta la libertad sólo por su entrada en vigor. Sin embargo, no analiza el fondo del asunto.
“Nosotros tenemos en el artículo 17 constitucional el derecho a una tutela judicial efectiva, referente a que tiene que prevalecer el fondo sobre los formalismos [...] en lo que están haciendo los jueces hay una violación porque te están desechando de botepronto”, argumentó la abogada, asimismo recordó que la Suprema Corte declaró la inconstitucionalidad del delito de halconeo en Chiapas justo porque podría constituir un acto de autocensura y una violación a la libertad de expresión.
Ambos litigantes señalaron que interpondrán un recurso de queja ante el desechamiento de los amparos y será entonces que se resuelvan en los tribunales colegiados, donde tienen confianza de que se falle a favor de la libertad de expresión.
“Si el tribunal colegiado decide que estos casos son de interés para generar nuevos precedentes o nuevas tesis nos podría servir más que el propio amparo, porque podrán reforzar la línea de jurisprudencia, de precedentes que tiene la primera sala en materia de interés legítimo”, sostuvo Víctor Martínez.
Además, dijo el abogado, se podrían emitir algunos amicus curiae, cartas o alguna otra clase de incidencia para tener una resolución progresista, aunque en caso de que no sea así también se podría recurrir a recursos administrativos por no tomar en cuenta precedentes en materia que son obligatorios orientadores.
La abogada de Projuc, por su parte, apuntó que el hecho de que los tribunales estén compuestos por tres personas juzgadoras facilitaría que se estudie el tema de fondo, además de que los tribunales tienden a impugnar más las reformas locales que las federales.
Con información de Proceso.