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La corte valida disposiciones de la ley de participación ciudadana del estado de Chihuahua relacionadas con la revocación de mandato

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (La Corte) validó las disposiciones contenidas en la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua relacionadas con la revocación de mandato, al considerar que se ajustan tanto al procedimiento legislativo como a los parámetros establecidos en la Constitución Federal.

El Pleno determinó que el procedimiento legislativo seguido por el Congreso local fue válido. Si bien la Ley Orgánica del Poder Legislativo de la entidad -vigente al momento de los trabajos legislativos- establece la obligación de llevar a cabo un ejercicio de parlamento abierto, La Corte concluyó que, en el caso concreto, la omisión de realizarlo no es suficiente para invalidar las normas impugnadas pues se trata de una reforma dictada en cumplimiento de un mandato de armonización constitucional.

Con relación a ello, el 20 de diciembre de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reforma constitucional en materia de consulta popular y revocación de mandato. En su artículo sexto transitorio se estableció la obligación para las entidades federativas de armonizar su legislación en un plazo de 18 meses, con el propósito de incorporar en sus textos constitucionales locales el derecho a solicitar la revocación de mandato de la persona titular del Poder Ejecutivo local o, en su caso, adecuar su marco jurídico interno conforme a lo previsto en dicha reforma, como es el caso de Chihuahua, que ya contemplaba esta figura.

La Corte concluyó que cuando se trata de una armonización constitucional, las legislaturas estatales no cuentan con libertad configurativa como ocurre en otros casos, sino que están obligadas a reproducir los principios, derechos, alcances y diseño previsto en la norma fundamental. Esta armonización busca garantizar la coherencia del sistema jurídico, asegurar la efectiva aplicación de los preceptos constitucionales y evitar contradicciones normativas que limiten o impidan el ejercicio de los derechos fundamentales.

Acción de inconstitucionalidad 163/2024, promovida por Diputadas y Diputados integrantes de la Sexagésima Octava Legislatura del Congreso del estado de Chihuahua, demandando la invalidez de los artículos 32, 54, 57, fracción I y 60 de la Ley de Participación Ciudadana del Estado de Chihuahua, reformados mediante Decreto No. LXVII/REFLEY/0946/2024 XVI P.E. publicado en el Periódico Oficial de esa entidad el 31 de agosto de 2024. Resuelto en sesión de Pleno, el 24 de junio de 2025.

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SuKarne intensifica campaña de imagen ante la crítica

En redes sociales la empresa engordadora SuKarne, ha intensificado su campaña de imagen luego de la crítica que han hecho principalmente productores pecuarios, por la importación de ganado procedente de Nicaragua, mientras la frontera norteamericana está cerrada a la exportación de becerros en pie de cinco estados del Norte de México, por la presencia de gusano barrenador en nuestro país.

Ahora, en el nuevo gráfico que subió a su red social de Facebook, la empresa con origen en Sinaloa, señala que sus importaciones desde Centroamérica y Estados Unidos representan solo el 1.5% al cierre del primer semestre 2025; para luego afirmar que, “nuestros ganaderos van primero”.

La empresa importó hace unos días, un primer lote de ganado de Nicaragua, compuesto por 4 mil 600 cabezas, para transportarlas vía barco hasta Mazatlán, Sinaloa, y llevarlas a sus instalaciones en Tlahualilo, Durango, lo que desató la ira de los productores de esa entidad, por el riesgo sanitario que representa el traerlos desde un país que tiene una gran cantidad de casos de gusano barrenador y poner en riesgo su estatus para exportar becerros a Estados Unidos. Una segunda importación, de un embarque de 5 mil 400 animales, ante las presiones de los ganaderos, tuvo que ser enviado a un sitio del que no se dieron detalles.

No obstante, las reacciones en esa red social, le señalan que ese pequeño porcentaje podría derivar en prolongar el cierre de la frontera norteamericana y aumentar el riesgo de infestación de gusano barrenador y por ende, el estatus sanitario de las entidades exportadoras y la economía de los productores; así como también, que con esa cantidad se pone en riesgo la exportación de un millón de animales en pie.

Además, hay productores que les piden no importar ese ganado, hasta que se controle la plaga y hasta quien propone un veto a los productos esta compañía, así como también, se dan señalamientos de que la empresa ha sido favorecida por las autoridades.

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