BAJA CALIFORNIA (apro) .- El gobierno estatal publicó un protocolo para prevenirse ante las manifestaciones que sean realizadas en Baja California, donde definen desde su visión conceptos como “Manifestación”, “Bloqueos” y “Resistencia de Alta Peligrosidad”, además de cómo actuar para el “Uso de fuerza”.
El documento tiene fecha del 25 de julio de 2025 y está disponible en el Periódico del Estado de Baja California, con el nombre “Protocolo Estatal de Actuación Gubernamental para la Prevención Manifestaciones y/o Protestas Desarrolladas en Baja California”.
Dicha publicación generó polémica en estos días, ante la creencia de que los manifestantes tendrían “que avisar”, “llenar formularios” o “contar con requisitos”, como circuló en redes sociales.
El miércoles 30 de julio, la gobernadora Marina del Pilar Ávila Olmeda y el secretario general de Gobierno, Alfredo Álvarez Cárdenas, aclararon en rueda de prensa que solamente está dirigido a funcionarios públicos y busca crear soluciones mediante mesas de trabajo, y que no existe alguna obligación para la gente que desee protestar.
“Este protocolo es una armonización a un protocolo nacional y lo que busca es que las manifestaciones tengan una mesa de trabajo. Que no quede nada más en manifestación, sino que también podamos integrar una mesa de trabajo donde podamos encontrar de manera conjunta una solución”, aseguró la mandataria estatal.
Dicho documento destaca por contar con 52 páginas y sólo está firmado por Alfredo Álvarez Cárdenas, según se constató.
El funcionario estatal precisó que “la única obligación está dirigida a los funcionarios públicos”.
“Los funcionarios públicos del Gobierno del Estado que nos encargamos de atender los temas relacionados con manifestaciones somos los obligados a seguir ese protocolo… está alineado a una política nacional que impulsó la presidenta de la república (Claudia Sheinbaum Pardo) desde el primer día que tomó posesión en el sentido de no reprimir las manifestaciones y permitir la libertad de expresión en todas sus formas”, aseguró Álvarez Cárdenas.
El también abogado rechazó que exista alguna obligación para los manifestantes.
“Ni de que tengan que avisar, ni de que tengan que llenar una solicitud, ni de que tengan que hacer algún otro tipo de requisito que no hagan ya, que es presentarse directamente y manifestarse”, agregó.
En una revisión general, en el Protocolo para las Manifestaciones se delimitan conceptos como “Bloqueos”, “Manifestación”, “Protestas sociales”, “Resistencia Activa”, “Resistencia de Alta Peligrosidad”, “Resistencia Pasiva” y “Uso de fuerza”.
Por ejemplo, de la primera define que es la “obstrucción y cierre de paso o de lugares realizado por personas manifestantes que, con el fin de expresar sus inconformidades impiden la libertad de tránsito o el desarrollo normal de la instalación, dificultando la realización de las actividades cotidianas, tanto en inmuebles, vialidades, como en las vías de comunicación”.
Para el gobierno estatal, una manifestación es “la concurrencia temporal de personas en un espacio público, con una finalidad concreta, que puede adoptar la forma de encuentros, huelgas, protestas, campañas, marchas, mítines, plantones, entre otros, con cualquier tipo de propósito”.
La “Resistencia de Alta Peligrosidad” implica que la persona emplea “la violencia, el amago o la amenaza con armas o sin ellas para causar a otra u otras o a miembros de las instituciones de seguridad, lesiones graves o la muerte, negándose a obedecer órdenes legítimas comunicadas de manera directa por el personal de seguridad”,
Y que el “Uso de la Fuerza” es la “inhibición por medios mecánicos o biomecánicos, de forma momentánea o permanente, de una o más funciones corporales que lleva a cabo una persona autorizada por el Estado sobre otra, siguiendo los procedimientos y protocolos que establecen las normas jurídicas aplicables”.
El documento dedica capítulos o enfatiza la actuación policial y “el orden gradual y uso progresivo de la fuerza”.
“En ninguna circunstancia podrán portar ni usar armas letales durante las protestas, y queda estrictamente prohibido el uso indebido de cualquier objeto, sea o no parte del equipo. Bajo ningún motivo se permitirá el uso de armas contra quienes participen en una protesta o reunión pública pacífica con objeto lícito.”, según el texto, además de que se garantiza la labor periodística.
Las personas interesadas en revisarlo podrán hacerlo mediante el siguiente enlace: https://acortar.link/nSREJz.
Con información de proceso.com.mx