
La Cámara de Senadores recibió de manera formal dos iniciativas presidenciales para reformar la Constitución y la Ley Federal del Trabajo, ambas en materia de reducción de la jornada laboral.
Las propuestas de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo plantean la instauración paulatina de la semana laboral de 40 horas.
Con el fin de mejorar las condiciones laborales de las personas trabajadoras, la iniciativa de cambios a la Constitución propone establecer como eje transversal de la política pública del Gobierno de México en beneficio de las personas trabajadoras, una jornada laboral de 40 horas a la semana; lograr esta reducción de manera gradual entre el año 2026 y 2030, así como distribuir las horas de trabajo extraordinario, de común acuerdo entre las partes con límites y montos económicos que dignifican a las personas trabajadoras y valorizan su labor, en beneficio de su patrimonio.
Los cambios constitucionales entrarán en vigor al día siguiente de su promulgación, mientras que las enmiendas a la legislación secundaria, el 1 de mayo de 2026.
La enmienda al Artículo 123 de la Constitución precisaría que la jornada laboral será de 40 horas semanales en los términos que establezca la Ley Federal del Trabajo; que por cada seis días de trabajo las personas trabajadoras deberán disfrutar por lo menos de un día de descanso con goce de salario íntegro; que cuando por circunstancias extraordinarias deban aumentarse las horas de la jornada, se abonará como salario por este tiempo un 100% más de lo fijado para las horas ordinarias, y que el trabajo extraordinario no excederá de 12 horas en una semana, las cuales podrán distribuirse en hasta cuatro horas normales diarias, en un máximo de cuatro días en ese periodo.
La prolongación del tiempo extraordinario que supere lo establecido, cita la propuesta de redacción, "obliga a la persona empleadora a pagar 200% más del salario que corresponda a las horas de la jornada ordinaria conforme" lo que prevea la Ley de la materia, además de que los menores de 18 años no podrán laborar tiempo extraordinario.
La duración de la jornada laboral a que se refiere el artículo 123, apartado A, fracción IV, cita la iniciativa, se alcanzará de manera gradual a partir del 2027 (46 horas) y hasta el 2030 (40 horas).
Con información de: El economista.