
CIUDAD DE MÉXICO (apro).- El 9 de enero entró en vigor el registro obligatorio de líneas de telefonía móvil que operen en México, un proceso que está generando alerta por la posible generación de un mercado informal de líneas celulares.
La disposición establece que todas las líneas deberán quedar asociadas al nombre de una persona física o moral identificable, mediante documentación oficial. En caso de no cumplir con este requisito, podrían ser bloqueadas, lo que implica la suspensión del servicio de llamadas, mensajes y datos móviles.
Esta medida forma parte de un nuevo marco legal aprobado por la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), y obliga a los operadores a eliminar el uso anónimo de números móviles para disminuir delitos como fraude y extorsión. El esquema aplica tanto a líneas de prepago como de pospago y abarca números activos, corporativos e institucionales.
En entrevista con El Financiero, Sergio Legorreta, abogado especializado en telecomunicaciones y socio de la firma FisherBroyles, señaló la posibilidad de que en los próximos meses aparezcan anuncios de líneas móviles “listas para usarse” en distintas plataformas, las cuales podrían ser promocionadas por personas que se aprovechen de los vacíos legales que tiene esta iniciativa nacional.
“No tengo la menor duda de que se va a crear un mercado secundario, es decir un mercado ilegal de líneas telefónicas ya activadas, listas para usarse y que se van a vender en grandes cantidades (…) no me sorprendería que en unos meses empecemos a ver publicaciones en Facebook de gente ofreciendo líneas telefónicas ya activadas”, indicó Legorreta.
Asimismo, señaló que varias personas se verán obligadas a optar por alternativas ilegales debido a que no poseen los documentos requeridos:
“Del universo total de usuarios de telefonía móvil, debe haber un número no menor de usuarios que simplemente no tiene una identificación, no porque sean criminales o personas que hacen mal uso de las líneas, sino porque simplemente no tienen una identificación o porque su documentación no está en orden”.
Durante la entrevista, el experto insistió en que este mercado ilegal será “el caldo de cultivo” ideal para facilitar actividades fraudulentas como la extorsión o la reventa de chips, ya que cualquier ciudadano puede modificar su situación ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para convertirse en persona física con actividades empresariales:
“El sistema permite que una persona física con actividades empresariales registre un gran volumen de números sin verificación adicional. Estamos hablando de que ahí no hay límites, pueden sacar 50 mil líneas o las que quieran y dedicarse a la reventa de chips”, advirtió.
Legorreta coincidió con otros expertos en regulación de telecomunicaciones, en que es necesario aplazar la medida para que los operadores tengan mayor capacidad de almacenar los datos de los usuarios, así como para que la CRT atienda los vacíos legales de la iniciativa que podrían derivar en actividades ilícitas.
“Deben poner atención en la proliferación de venta de líneas no oficiales y establecer mecanismos de denuncia y supervisión que frenen la expansión de este mercado paralelo antes de que cause mayores daños”, concluyó Legorreta.
Para el trámite, los usuarios deberán proporcionar una identificación oficial vigente y la Clave Única de Registro de Población (CURP). Entre los documentos aceptados se encuentran la credencial para votar (INE) y el pasaporte. En el caso de personas morales, el registro se realizará mediante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
El proceso podrá realizarse de forma presencial en centros de atención o a través de plataformas digitales habilitadas por cada operador. La normativa permite que las empresas desarrollen mecanismos propios de validación de identidad, siempre que cumplan con los lineamientos técnicos establecidos por la autoridad.
El requisito aplica para SIM físicas y eSIM, sin distinción de plan, operador o tipo de contratación. Usuarios nacionales y extranjeros con líneas activas en México deberán cumplir con el proceso dentro de los plazos establecidos.
La normativa no contempla sanciones económicas directas para los usuarios que incumplan con el registro. Sin embargo, las empresas de telecomunicaciones estarán facultadas para suspender el servicio de las líneas que no queden asociadas a un titular identificado dentro del periodo establecido.
El bloqueo implica la imposibilidad de realizar llamadas, enviar mensajes o utilizar datos móviles. El servicio podrá restablecerse únicamente cuando el usuario complete el proceso de registro y entregue la documentación requerida por el operador correspondiente.
La suspensión no implica la cancelación inmediata del número, sino una medida administrativa que se mantendrá vigente hasta que el titular regularice su situación.
La información recopilada durante el registro permanecerá bajo la custodia de las empresas de telecomunicaciones. La autoridad reguladora indicó que no se creará un padrón central administrado por el gobierno federal.
Los operadores deberán cumplir con la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares y establecer medidas de seguridad para prevenir accesos no autorizados, uso indebido o transferencia ilegal de la información.
Con información de: Proceso.