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Confirmado: TEPJF rechaza anular elección de ministros de la SCJN por acordeones

La última carta de opositores para anular la elección de ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sido desechada.

Con tres votos en contra y dos a favor, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) desechó los proyectos de los magistrados Reyes Rodríguez Mondragón y Janine Otálora Malásis en el que proponían declarar la nulidad de la elección de ministras y ministros de la Suprema Corte, por el uso de acordeones y la vulneración a principios constitucionales.

Los proyectos vs elección judicial

Por un lado, el magistrado Reyes Rodríguez presentó el proyecto SUP-JIN-194/2025 en el que se buscaba declarar la nulidad de la elección de 9 ministras y ministros por el uso de acordeones o guías de votación.

“Al haberse acreditado la existencia de una estrategia ilícita, coordinada, sistemática y generalizada de distribución de guías de votación (“acordeones”) que constituyó propaganda electoral prohibida, tuvo el propósito de influir en el voto de la ciudadanía y fue determinante para los resultados electorales”, indicó el magistrado en su proyecto.

Asimismo, planteaba ordenar al Senado de la República que convoque a la ciudadanía para la celebración de una elección extraordinaria de las personas ministras.

Por su parte, la magistrada Janine Otálora Malásis presentó el proyecto SUP-JIN-250/2025 en el que también proponía la nulidad de la elección debido a la vulneración a principios constitucionales, como coacción del voto, vulneración del sufragio libre, participación indebida de partidos y personas servidoras, y presunto uso de recursos públicos.

Bloque de 3 magistrados van en contra

Ante la presentación de dichos proyectos, los magistrados Mónica Soto, Felipe Fuentes y Felipe de la Mata argumentaron su oposición a los proyectos para anular la elección judicial.

Soto Fregoso, magistrada presidenta del Tribunal Electoral, indicó que no existen pruebas que consten que los acordeones tuvieran el mismo origen o que hayan sido utilizados durante las elecciones judiciales para la integración de la Suprema Corte.

Sin embargo, sostuvo que es innegable la existencia de estos, de los que el Instituto Nacional Electoral (INE) solo pudo sustentar la existencia de poco más de 3 mil de ellos.

“Resulta inviable analizar el impacto de los hechos acreditados… Por lo tanto considero que no se acredita la nulidad de la elección por violación de principios constitucionales como tampoco lo correspondiente al financiamiento prohibido por las leyes en la materia, pues insisto que a partir de las pruebas existentes, que constituyen meros indicios, no se puede llegar a la conjetura como lo hace el proyecto”, indicó.

El magistrado Felipe Fuentes Barrera afirmó que intentar anular la voluntad de millones de ciudadanos que participaron en la elección no es posible estar basada en estadística, sino una verdad jurídica.

“Cuando se trata de anular la voluntad ciudadana no basta la estadística, se exige siempre la verdad jurídica. El proyecto pretende anular la elección de ministras y ministros de la SCJN, mediante la simple acumulación de inferencias, un uso expansivo del análisis contextual. La propuesta carece de existencia probatoria necesaria a una decisión de esta magnitud”, indicó.

Por su parte, Felipe de la Mata desplegó por casi 25 minutos, una lista de 100 preguntas sobre el proyecto de Reyes Rodríguez Mondragón, entre ellas si buscaba anular una elección en donde participaron 13 millones de personas por la circulación de 3 mil acordeones.

Así como la falta de sustento en el proyecto al no acreditar de dónde vinieron dichos acordeones, si del propio gobierno, servidores públicos, partidos políticos, empresarios, oposición, crimen organizado o la propia iglesia.

 

 

Con información de: Político.mx

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