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Gobernación denuncia contradicción de criterios sobre Ley Minera entre las salas de la Corte

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) recibió la denuncia de una posible contradicción de criterios entre las salas del máximo tribunal luego de que resolvieron en distintos sentidos dos amparos presentados en contra de la reforma a la Ley Mineradel expresidente Andrés Manuel López Obrador.

El pasado siete de abril la SCJN recibió la denuncia presentada por la Secretaría de Gobernación, a través de su director de Amparos Fernando Puente Castillo, en el que cuestiona si es constitucional el artículo quinto transitorio del decreto de la reforma que promovió López Obrador.

Dicho artículo transitorio estableció que se debían desechar todas las solicitudes de nuevas concesiones de exploración y explotación de recursos minerales que estuvieran en trámite al momento en que entró en vigor la reforma.

 

En octubre de 2024, la segunda sala de la Suprema Corte consideró que dicha normavioló el principio de irretroactividad de la ley, por lo que las solicitudes en trámite debían ser resueltas conforme a la legislación vigente al momento de que se presentó dicha solicitud.

Sin embargo, la primera sala resolvió en marzo de este año que el artículo sí respeta la no retroactividad, y que los solicitantes de nuevas concesiones no contaban con un derecho adquirido por el hecho de estar en espera de la resolución de la solicitud. Los ministros de esa sala estimaron que la Ley Minera sufrió de cambios sustanciales, por lo que era correcto desechar las solicitudes en trámite.

La SCJN notificó este jueves que la contradicción de criterios fue turnada al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá para su estudio y posteriormente presente un proyecto ante el pleno.

 

 

 

 

Con información de: LatinUs.

Tips al momento

Una elección nada recomendable

A una semana de la elección judicial y cuando aun no se conocen la mayoría de los resultados para los diferentes cargos, lo que llevará todavía unos días más, y a pesar de que la presidenta Claudia Sheinbaum, la consideró como "maravillosa", por lo pronto la Organización Estados Americanos (OEA) , consideró que este modelo no puede ser llevado a otro países.

Las razones según lo explica el analista Juan Ortiz, en sus redes sociales, fue debido a la baja participación de solamente un 13% del electorado, lo que evidencia el desinterés y por ende, la alta abstención. También, al considerarse como un riesgo para la independencia judicial.

Además, el que fue una reforma apresurada en su implementación, sin debate plural, ni gradualidad y un limittado análisis técnico. También, el que los requisitos fueron insuficientes, pues los criterios utilizados para las candidaturas, no garantizan idoneidad ni evitan politización.

Uno de los señalamientos, fue la complejidad de las boletas, que derivaron en confusión entre los electores y demoras a la hora de votar.

Otro punto, es que la difusión fue insuficiente, lo que no permitió conocer información sobre cargos y candidatos. También salió a relucir, las limitaciones al presupuesto al INE, que se tradujo en la reducción del número de casillas y que afectó la organización.

Y desde luego, los “acordeones” que dieron el sello distintivo a esta elección pues hubo denuncias sobre los listados que circularon, especialmente desde la 4T, que según se ha dicho, son considerados como propaganda ilegal y coacción al voto. Así la evaluación a una semana de esas elecciones. ¿Qué otros “detalles” saldrán en los próximos días?, ya se verá, comentan.

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