La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó suspender de inmediato dos páginas de internet donde se difunden acordeones de cómo votar por cada región del país en la elección de jueces, ministros y magistrados el próximo 1 de junio.
El proyecto Justicia Común A.C denunció que, a través del portal de internet https://justiciaylibertadmx.org/ se difunde esa información que podría constituir propaganda electoral para votar a favor de determinadas candidaturas presuntamente afines a Morena.
Determinó que la difusión del contenido denunciado en el portal de Internet podría implicar una promoción en veda electoral.
Por cuanto hace al reparto físico de la propaganda denunciada, se concluyó que es improcedente la adopción de la medida cautelar, toda vez que ya existe pronunciamiento previo del tema por parte del Consejo General.
La Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral (UTCE) del Instituto también identificó que, en dos páginas de internet, preliminarmente, se advierte un llamado expreso al voto a favor de candidaturas judiciales, pues dichos portales difunden contenidos a favor de diversas candidaturas, ya que, se les identifica por colores de boletas, números de candidaturas, y formas de votar en cada una de las 32 entidades federativas.
Se ordenó a las y los responsables administradores o titulares de las páginas denunciadas, así como a personas físicas, morales, servidoras públicas, partidos políticos y militantes que difundan la citada propaganda, suspender la misma en los portales digitales, así como de cualquier otra plataforma que contengan ejercicios o formas de votar a favor de ciertas candidaturas, pues está prohibido durante la etapa de veda.
Por otro lado, el candidato a ministro a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), César Mario Gutiérrez Priego, denunció a la empresa Demoscopia Digital, S.A. de C.V., por la publicación de encuestas relativas a la elección de ministras y ministros de la SCJN, pues denunció que se incumple con el principio de igualdad, equidad e imparcialidad en la contienda, al no incluir a todas las candidaturas, aunado a que se incumple con la normativa en la materia.
La Comisión determinó improcedente la adopción de las medidas cautelares, toda vez que, algunas de las publicaciones ya no se encuentran visibles, por lo que se trata de hechos consumados de manera irreparable.
En el segundo asunto, Jesús Alejandro Contreras Alvarado también denunció una supuesta encuesta de Algoritmo, difundida a través de las redes sociales Facebook, Instagram y X, del candidato a ministro de la SCJN, Ángel Mario García Guerra ,lo que a su decir, vulnera las normas sobre publicación de encuestas y/o sondeos de opinión en materia electoral.
Se concluyó que es improcedente la adopción de la medida cautelar, toda vez que, el hecho de replicarla no constituye una vulneración a la normativa electoral, sino que se trata del derecho a la libertad de expresión.
Con información de Latinus