Ley Silla: Inicia la cuenta regresiva para su entrada en vigor

El 17 de junio es una fecha que promete un antes y un después en materia de descanso en el trabajo, ese día entra en vigor la Ley Silla, una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT) que reconoce el derecho a descansar en un asiento con respaldo durante la jornada laboral. 

La reforma fue promulgada el 19 de diciembre del 2024, a partir de ese momento comenzó a correr el plazo de 180 días para su entrada en vigor, el cual concluye el 17 de junio de este año.

Eso significa que a partir de esa fecha, será exigible el derecho al descanso en una silla, y los empleadores tendrán prohibido obligar a los trabajadores a permanecer de pie la totalidad de la jornada de trabajo. Estos son los dos grandes ejes de la Ley Silla.

Hay otros dos plazos que comenzarán a correr a partir del 17 de junio. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) tendrá un plazo 30 días naturales para emitir la normatividad sobre los riesgos asociados a posturas verticales por tiempos prolongados. Se espera que sean lineamientos.

También, comenzará a correr el plazo de 180 días para que las empresas adecúen su normativa interna a las nuevas disposiciones que estableció la reforma laboral.

¿Cómo serán los descansos? La Ley Silla indica que las empresas deben destinar un espacio al interior del centro de trabajo para tomar el reposo en los asientos, el uso de estos y el tiempo para la pausa, serán regulados a través de sus reglamentos internos.

La reforma laboral está dirigida principalmente a centros de trabajo en el sector de comercio, servicios y análogos. En las empresas de rama industrial, será exigible sólo cuando la naturaleza del trabajo lo permita.

México saldará deuda histórica

Aunque la Ley Silla es algo nuevo en México, su entrada en vigor cerrará una brecha de al menos 100 años con otras economías en Latinoamérica.

Chile (1914) y Uruguay (1918) son ejemplos de cómo se avanzó en este tipo de legislación en la región durante la segunda década de 1900. Más tarde, en 1935, Argentina se sumó a los países con regulaciones en esta materia.

México sí establecía en la Ley Federal del Trabajo la obligación de contar con el número de asientos suficientes para los trabajadores, pero no era una disposición vinculada con el descanso, sino como una herramienta de trabajo.

Con información de El Economista. 

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