CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) realizó su primera audiencia pública con personas con discapacidad que estuvo marcada por confrontaciones entre los ministros, intervenciones ajenas al tema y el rechazo a la propuesta de abandonar un criterio con el que han sido invalidadas cerca de 50 leyes por no consultarse previamente con este sector.
Proceso informó esta mañana que la Corte dedicará tres días a las audiencias públicas para definir si abandonará o no el criterio establecido desde 2016 con el que se consideró que la falta de consulta previa a personas con discapacidad o las deficiencias en la misma, generaban la invalidez de las leyes.
Desde el pasado 7 de octubre, la ministra Lenia Batres propuso a la nueva conformación de la Corte abandonar dicho criterio y dejar de considerar la consulta previa como un requisito de validez de las leyes e incluso avalar automáticamente aquellas legislaciones que pudieran significar un beneficio para las personas con discapacidad.
En la sesión de ese día el ministro presidente planteó la posibilidad de abandonar el criterio para que la Corte revise caso por caso y defina si una regulación es benéfica o perjudicial para personas con discapacidad y, sobre eso, definir si puede o no ser invalidada dejando en segundo término la exigencia de la consulta previa.
Aunque hubo quienes se pronunciaron a favor de esta propuesta, el asunto no terminó de discutirse, por lo que no se ha emitido una votación definitiva debido a que personas con discapacidad y organizaciones de la sociedad civil solicitaron ser escuchados en audiencia pública.
Sin embargo, al inicio del ejercicio Batres Guadarrama afirmó que una mayoría de siete ministros había acordado abandonar el criterio y que lo único que falta es definir cuál será el nuevo parámetro para aplicar.
Frente a decenas de participantes, los ministros Yasmín Esquivel y Giovanni Figueroa desmintieron a su compañera en el Pleno.
“En este momento, el criterio actual que preserva la Corte como herramienta que permite escuchar directamente a las personas con discapacidad, obligando a todos los Congresos a realizar consultas significativas. Ese es el criterio que se tiene actualmente.
“Hoy, esta audiencia pública es para determinar si se abandona y se flexibiliza el criterio para que las personas con discapacidad vuelvan a ser objeto pasivo de los acuerdos legislativos, retrocediendo en esta materia”, dijo Yasmín Esquivel.
La ministra recordó que en sesiones previas el Pleno coincidió en que los ministros no pueden decidir qué le conviene o no a las personas con discapacidad, razón para la que también se realizó la audiencia pública.
“No puede haber ni debe haber proyecto antes de escuchar a las personas con discapacidad. Para eso es la consulta. Hacer lo contrario sería una falta de respeto a la audiencia, a esta audiencia pública y a las personas que asisten en ella. Entonces, es importante precisar que aquí se trata de escucharles para tomar un criterio, para que se elabore un proyecto con todo lo que aquí se vaya señalando con relación a lo que señala la Convención y la obligación de realizar la consulta previa en los Congresos estatales”, agregó.
El ministro Giovanni Figueroa consideró que los dichos de Batres Guadarrama sólo eran su opinión y le recordó que el tema aún sigue en debate.
“El cambio de criterio que ha señalado en su intervención la Ministra Lenia Batres es su opinión y es una cuestión que todavía está sometida a debate por esta Suprema Corte. De otra manera, creo que no tendría sentido alguno haberles convocado a esta audiencia pública y recalco que este asunto no ha sido resuelto todavía, y sigue bajo análisis de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”, apuntó.
“Yo me manifesté porque no estoy de acuerdo con el cambio de criterio, porque en mi opinión el lema ‘Nada sobre nosotros sin nosotros’ implica que todo lo que les afecte a ustedes debe ser consultado desde el comienzo para que ustedes, precisamente, puedan intervenir activa y significativamente en el proceso y no solo cuando la decisión ya está tomada. Tampoco comparto que nosotros podamos decidir en lugar de ustedes lo que les conviene o no les conviene. Muchas veces las acciones emprendidas con buenas intenciones por personas sin discapacidad resultan perjudiciales para ustedes o, incluso, inútiles por no escuchar a las personas con discapacidad”.
Reconoció que quienes viven sin discapacidad, al igual que las autoridades, cometen el error de creer que pueden o deben ayudar a las personas con discapacidad sin preguntar qué necesitan o cómo pueden hacerlo.
En la primera ronda de audiencias públicas participaron 28 personas con discapacidad y organizaciones de la sociedad civil que en su mayoría rechazaron la propuesta de Batres Guadarrama.
“Este criterio representa un retroceso significativo en la garantía de nuestros derechos humanos”, dijo Esther Araceli Díaz Cruz de la Asociación de Mujeres Unidas por la Inclusión.
“Al desplazar ahora el énfasis hacia el contenido de la norma y no hacia el proceso de su elaboración, se genera un vacío que debilita el cumplimiento de los artículos 4.3, 5 y 12 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, que obliga al Estado mexicano a realizar consultas activas y estrechas con las personas con discapacidad, antes de adoptar medidas legislativas que puedan afectarnos. La consulta no es una formalidad, es una garantía sustantiva de participación política y social que permite que nuestras voces sean escuchadas y que las normas se construyan con nuestra participación, no a nuestras espaldas, y estas deben ser con perspectiva de discapacidad”.
Incluso, hubo quienes recordaron a los nuevos ministros que el criterio aplicado desde 2016 por sus antecesores en la SCJN ha permitido que se les realicen consultas previo a elaborar planes municipales y estatales, lo que antes no era posible.
“La consulta no es un procedimiento burocrático, sino implica el corazón mismo de la Convención. Me gustaría decirles que cuando hablamos de consulta de leyes, no hablamos de la consulta a los derechos, no se nos pregunta si queremos educación, no se nos pregunta si queremos salud, eso no se consulta. La consulta, es por las necesidades y las particularidades que le dan vida a la Legislación”, comentó Catalina Torres Cuevas de Hermenéutica Centro Educativo para Sordos.
“Podemos decirles que con la jurisprudencia que nos ha dejado la Corte, hemos podido ganar que se hagan consultas a planes municipales y ha planes estatales, antes de esa jurisprudencia, no era posible”.
En su propuesta de cambio de criterio la ministra Batres añadió otras reglas como la de que una acción de inconstitucionalidad o controversia constitucional por falta de consulta previa a personas con discapacidad sólo podrá ser tramitada por las comisiones de Derechos Humanos o integrantes de las legislaturas cuando expresamente lo soliciten las personas integrantes de dicho sector.
Esto, también fue rechazado por la mayoría de los participantes al considerar que se les pone en desventaja.
“Se nos dice que, hasta que nosotros solicitemos las consultas, estás se harán y eso nos pone en gran desventaja. Somos profesionistas, técnicos obreros, comerciantes, estudiantes, amas y amos de casa y la gran mayoría no nos dedicamos a revisar las Legislaciones Locales y Federales, hay quienes ni siquiera sabemos qué es eso, pero lo que sí sabemos, es que si nos preguntan sabemos decirles dónde está el hoyo donde nos caímos, la rampa que no podemos subir, el trámite que no pudimos hacer por falta” añadió Torres Cuevas.
Por ello, enfatizaron en que las consultas a personas con discapacidad deben ser consideradas como una práctica cotidiana y no como algo excepcional.
“Las consultas a las personas con discapacidad se deben instituir como una práctica cotidiana, no como algo excepcional, porque si las leyes evolucionan, se crean o se transforman constantemente, constantemente habrá que preguntarle a las personas con discapacidad cómo les afecta. En el último de los casos la consulta es importante porque es una manera de darle de darle voz a quienes tradicionalmente no hemos sido escuchados”, Marco Antonio Vargas Solís.
Batres también planteó que las personas con discapacidad podrían ejercer la acción colectiva para que la Corte revise leyes por falta de consulta previa para lo cual tendrían que reunir 15 firmas y otros requisitos, lo que también fue rechazado.
“La propuesta de exigir que la acción de inconstitucionalidad por falta de consulta previa esté respaldada por un grupo de treinta y posteriormente de quince personas con discapacidad, lejos de fortalecer la legitimación, podría representar un retroceso frente a los principios de progresividad y pro actione.
“Las personas con discapacidad no siempre contamos con los medios, la movilidad o las redes necesarias para reunir a decenas de firmantes en plazos breves y exigirlo podría restringir indebidamente el acceso al control constitucional”, refirió Marycel Meléndez Cisneros.
“La consulta previa, es el primer filtro constitucional para prevenir violaciones a nuestros derechos esenciales, es un mecanismo de prevención que permite advertir, corregir y evitar que se adopten medidas regresivas o discriminatorias. Por eso, la falta de consulta o su acceso a ella, no debe entenderse como una descalificación o reproche político, sino como una oportunidad institucional para fortalecer el diálogo, la legitimidad y la mejora normativa, consultar no resta autoridad, la fortalece. No paraliza al Estado, lo humaniza”.
Con información de: Proceso.