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Corte alista reglas para demandar a jueces y magistrados por errores en juicios

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) deberá establecer el procedimiento para que los particulares sean indemnizados cuando demandan al Poder Judicial de la Federación (PJF) por los errores que cometen sus jueces y magistrados en los litigios que resuelven.

La Primera Sala de la Corte tiene pendiente la resolución de un amparo en el que podría determinar qué autoridad debe conocer de este tipo de demandas contra el PJF y si esos procedimientos aplican solamente para la materia penal o pueden aplicar para otras materias como la civil, mercantil, laboral o administrativa.

 

El litigio derivó del caso de una extrabajadora del Conalep que afirmó haber sido despedida injustificadamente.

Aunque la mujer había obtenido una sentencia favorable en la que se condenó al Conalep a reinstalarla y a pagarle salarios caídos y otras prestaciones por más de 200 mil pesos, la institución tramitó un amparo directo.

En este juicio, el Décimo Tercer Tribunal Colegiado en materia del Trabajo de la Ciudad de México ordenó revocar la sentencia favorable a la mujer al considerar que, pese a que el Conalep reconoció que la despidió a partir del 16 de junio de 2019, la relación laboral continuó porque la institución exhibió un recibo de nómina correspondiente a la última quincena de ese mes y año.

Por ello, el Colegiado declaró que la mujer no había acreditado el despido injustificado y, con ello, perdió su derecho a ser indemnizada.

Al considerar que se trató de un error judicial que perjudicó a su cliente al grado de que no podrá acceder a una pensión jubilatoria, el abogado Enrique Huerta Romero demandó al PJF ante el juez Tercero de Distrito en materia Civil en la CDMX que desechó la petición al considerar que no tiene competencia para resolverla.

Contra esa determinación, el abogado tramitó un recurso de apelación en el que un tribunal Unitario confirmó el desechamiento al considerar que la responsabilidad patrimonial del Estado sólo aplica para actos administrativos y no actos jurisdiccionales.

Ello, pese a que en el año 2017 el Máximo Tribunal reconoció que sí procede la responsabilidad patrimonial contra el PJF por errores judiciales, conforme a la Convención Americana de Derechos Humanos.

El abogado explicó a Proceso que en dicha determinación la Corte no dictó las reglas por las cuales las personas pueden ejercer ese derecho a ser indemnizadas por los errores cometidos por jueces y magistrados federales.

Es decir, que no estableció qué autoridad es la competente para resolver esas demandas y si aplican para todas las materias.

Por ello, tramitó un amparo directo que fue enviado a la Corte por el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en materia Civil.

El caso llegó a la Primera Sala del Máximo Tribunal desde el año 2022 y fue turnado al ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo quien ya ha presentado su proyecto en dos ocasiones.

En dicho proyecto, Pardo estableció que el procedimiento a seguir debe ser el de un juicio ordinario civil federal, pero que la responsabilidad patrimonial del PJF sólo aplica a la materia penal, por lo que propuso confirmar el desechamiento de la demanda.

Sin embargo, la discusión del caso ha sido postergada porque la mayoría de los integrantes de la Primera Sala ha considerado que el error judicial no debe acotarse sólo a la materia penal, sino que debe aplicar en todas las materias.

Hasta ahora, la Primera Sala no tiene fecha fija para discutir nuevamente el asunto.

De acuerdo con las modificaciones en las sesiones de salas, estas sesionarán semanalmente hasta el 28 de mayo próximo, a partir de esa fecha sesionarán cada 15 días hasta el 13 de agosto.

Por lo que, si los ministros demoran más en discutir el caso, es posible que el tema sea definido por el nuevo Pleno de la Corte con los ministros electos por voto popular.

 

 

 

 

Con información de: Proceso.

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Avanza el gusano barrenador del ganado

De llamar la atención el primer caso de gusano barrenador del ganado en humanos. Este fue detectado en una mujer, mayor de edad, residente el municipio de Acacoyagua, en el estado de Chiapas.

Luego que fuera alertada la presencia de ganado del gusano barrenador del ganado, el pasado 21 de noviembre de 2024, en un lote de ganado introducido de contrabando; ahora, se conoce la primera afectación a una persona, por parte de esta mosca que deposita sus huevecillos en heridas y cuyas posteriores larvas devoran el tejido vivo.

Incluso, hay información que habla de que habría hasta ocho personas afectadas por esta plaga, en siete estados de nuestro país, así que lo anterior pone en evidencia, la gravedad de su presencia , luego de que fue introducida desde Guatemala, por la falta de controles sanitarios y legales adecuados en la frontera Sur de nuestro país.

También, lo anterior muestra que la plaga se está expandiendo, pese a la campaña en su contra con mosca esterilizada, lo que al parecer no es suficiente dada su presencia en varias entidades del país como son Chiapas, Tabasco y Campeche, en donde ya se han tenido reportes de casos.

Hay quienes dicen que, si esto sucede ya con humanos, habrá que imaginar lo que ocurre, por ejemplo, con la fauna, que no está exenta del ataque de esta plaga, especies a las que no hay manera de atender como es el caso del ganado u otros animales domésticos.

Así, esta plaga se está expandiendo y que,  pese a no estar presente en el norte del país, ya causó grandes pérdidas económicas a los ganaderos exportadores de becerro en pie, como es Chihuahua, que por la detección de esta mosca en Chiapas, Estados Unidos cerró su frontera a la comercialización de ganado por casi tres meses. Comentan que, urgen mayores medidas de control, como puede ser entre otras, el cierre de la frontera Sur, algo que han pedido de manera insistente los productores pecuarios.

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