Anulan triunfo de candidata a la Sala Regional Monterrey del TEPJF

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) canceló este jueves los votos emitidos en 207 casillas durante las elecciones para la Sala Regional Monterrey del TEPJF, en el marco de las elecciones judiciales del pasado 1 de junio, con lo que dieron a María Guadalupe Vázquez Orozco –una candidata que fue promovida en “acordones” atribuidos a Movimiento Ciudadano y Morena-- un asiento en el organismo judicial en lugar de Madelyne Ivett Figueroa Gámez. 

El proyecto, elaborado por Felipe de la Mata Pizaña, anuló los votos relativos a las elecciones de las mujeres candidatas a la Sala Regional Monterrey del TEPJF en 207 casillas –83 por indebida integración de mesas directivas, 119 por error o dolo en el cómputo y 5 por irregularidades graves--, pero sin afectar a los votos emitidos en las mismas casillas para los varones. 

A raíz de esta anulación, la candidata Madelyne Ivett Figueroa Gámez perdió su segundo lugar y fue rebasada por María Guadalupe Vázquez Orozco, quien terminó con una ventaja de 5 mil 568 votos adicionales a Figueroa y ocupó su lugar en la lista. 

Para justificar la anulación de los votos de las casillas, la presidenta del TEPJF, Mónica Aralí Soto Fregoso, resaltó la contundencia de las evidencias aportadas; lo hizo para marcar la diferencia de criterio que utilizó para rechazar la anulación de las elecciones judiciales, tras considerar que no existían pruebas de que la producción y distribución de “acordeones” tuviera un efecto en los comicios. 

El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón no estuvo de acuerdo con el proyecto. Estimó que el equipo de De La Mata revisó 257 casillas adicionales a las que fueron impugnadas –es decir, analizó más que lo necesario--, y canceló 11 que no estaban en controversia, mientras que se negó a analizar tres mil 117 casillas que sí fueron impugnadas; también señaló que anuló casillas “bien integradas” pero con base en “errores en la identificación del funcionario”, es decir, por cuestiones mínimas. 

Rodríguez señaló que el proyecto de De La Mata solo anuló las votaciones en torno a las elecciones de las mujeres, mas no de los hombres, lo que le pareció un contrasentido, pues “si alguno de estos datos es incorrecto, el error compromete la validez de toda la casilla, no solo la votación de un género”. Finalmente, el magistrado estimó que la candidata Figueroa estaba impedida para competir, pues fungía como consejera electoral en Coahuila hasta el 24 de noviembre de 2024. 

 

Con información de: Proceso.

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