El TEPJF ordena a los comités de evaluación federales informar qué requisitos incumplieron quienes resultaron excluidos de la elección de personas juzgadoras

En sesión pública presencial, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó en 47 asuntos que los comités de evaluación del Poder Ejecutivo y Legislativo federal debieron, en cada uno de los casos, informar qué requisitos de elegibilidad incumplieron los promoventes para ser excluidos de la lista final de aspirantes para la elección extraordinaria de personas juzgadoras 2024-2025. 

Esta instancia resolvió por mayoría de votos el juicio de la ciudadanía SUP-JDC-1529/2024, con el voto particular del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, y por unanimidad de votos en los demás juicios de la ciudadanía a propuesta de los magistrados Felipe de la Mata Pizaña, Felipe Alfredo Fuentes Barrera y de la magistrada presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso. 

Lo anterior, dado que ambas instancias debieron, en cada caso, fundar y motivar la razón de la exclusión de los promoventes del listado final en atención al principio de legalidad, para dotar de certeza al proceso en su integridad, beneficiando con ello no sólo a las y los aspirantes, sino a la ciudadanía en general, porque es indispensable que los promoventes conozcan las razones específicas y causas inmediatas que sustentaron la decisión de la responsable. 

Se consideró que sólo así se puede cuestionar el acto de autoridad y confrontar tales razones con los argumentos que considere adecuados para revertir la supuesta lesión que resienten las partes actoras en sus derechos y que, a su decir, les impide continuar en el procedimiento electivo para integrantes del Poder Judicial de la Federación. 

En consecuencia, esta instancia ordenó a los comités responsables que emita una determinación en la que, de manera fundada y motivada, precise las razones y fundamentos jurídicos considerados para no colocar a los promoventes dentro de la lista de personas aspirantes que cumplieron con los requisitos de elegibilidad. 

Por otra parte, la Sala Superior desechó cuatro demandas de los juicios de la ciudadanía 1474, 1567, 1586 y 1529 de 2024 (SUP-JDC-1443/2024 y acumulados, SUP-JDC-1445/2024 y acumulados y SUP-JDC-1450/2024 y acumulados). 

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Luego de que no se les permitiera el acceso al Conalep Juárez III para entregar una cancha de fútbol rápido con pasto sintético, gradas, concha acústica y una barda con reja de acero construidas por el Municipio, el alcalde de Cruz Pérez Cuéllar repartió volantes a la entrada y salida del plantel.

El edil aseguró que el regidor Antonio Domínguez interpondrá una denuncia contra el director de Bachilleres y la Subsecretaría de Educación del Estado, a quienes acusó de facilitar el Gimnasio de Bachilleres para presuntos actos anticipados de campaña.

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