CIUDAD DE MÉXICO (apro).— Autoridades federales y capitalinas realizaron un operativo en el Centro Varonil de Reinserción Social de Santa Martha Acatitla, en la alcaldía Iztapalapa, donde se aseguraron sustancias ilícitas, dispositivos electrónicos, electrodomésticos y otros objetos prohibidos, como parte de una estrategia para recuperar el control de los centros penitenciarios de la Ciudad de México.
El operativo fue coordinado por la Secretaría de Marina (Semar), con la participación de elementos de la Guardia Nacional, la Secretaría de Seguridad Ciudadana de la CDMX (SSC-CDMX) y el equipo táctico Refuerzo CDMX. Durante la intervención se utilizaron binomios caninos entrenados en detección de narcóticos y equipos especializados para el rastreo de señales Wi-Fi, con el objetivo de localizar redes no autorizadas que pudieran usarse para establecer comunicaciones desde el penal hacia el exterior.
Estas acciones técnicas complementaron las inspecciones físicas realizadas en los dormitorios del centro penitenciario, consideradas una medida preventiva ante posibles actividades de coordinación delictiva al interior.
Como resultado del operativo, se incautaron más de 2 mil 300 presuntas dosis de drogas:
También fueron asegurados diversos artículos cuyo ingreso y posesión están prohibidos dentro de los penales, conforme a la normativa penitenciaria:
Todo el material fue entregado a la Fiscalía General de Justicia de la Ciudad de México (FGJCDMX), que será la encargada de integrar las carpetas de investigación correspondientes.
De acuerdo con el Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social y la Ley Nacional de Ejecución Penal, los internos sorprendidos en posesión de objetos prohibidos pueden ser sujetos a sanciones disciplinarias internas, tales como:
Además, si se determina que alguno de los reclusos almacenaba, distribuía o comercializaba sustancias ilegales dentro del penal, podrían iniciarse nuevas carpetas de investigación por delitos contra la salud, conforme al Código Penal Federal (artículos 193 a 195) y la Ley General de Salud. Estas normas establecen sanciones de 5 a 25 años de prisión para quien posea o comercialice drogas sin autorización.
En caso de que las autoridades acrediten vínculos con redes de distribución desde el interior del penal, podrían aplicarse figuras delictivas adicionales como:
El artículo 479 de la Ley General de Salud también establece criterios para distinguir entre consumo personal y tráfico de estupefacientes, lo cual será clave para definir el tipo de imputación penal correspondiente.
En caso de nuevas acusaciones o reincidencia, los internos pueden perder el acceso a programas de preliberación, libertad anticipada o reinserción social, conforme a lo dispuesto por la Ley Nacional de Ejecución Penal.
Con información de: Proceso.