Rastro de Mazatlán contaminó área natural protegida; empresa será sancionada: SCJN

CIUDAD DE MÉXICO (apro).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que un rastro en Mazatlán contaminó con desechos peligrosos el Estero de Urías, área natural protegida ubicada en Mazatlán, Sinaloa, por lo que debe ser sancionado por las autoridades locales.

Durante la sesión del pasado 30 de abril, la Primera Sala de la Corte analizó el amparo tramitado por un habitante de Mazatlán que había sido desestimado por un juzgado de Distrito en el estado de Sinaloa en el año 2019 porque el hombre no acreditó que el rastro, que opera desde 1998, fue responsable de la contaminación señalada en su demanda.

 

El quejoso indicó que él vive cerca de las instalaciones del rastro y acusó que el mismo opera con anormalidades, sin embargo, la decisión del juzgado de Distrito fue confirmada en apelación.

La Corte atrajo el caso para analizarlo en el que la ministra Margarita Ríos Farjat fue la encargada de realizar el proyecto de resolución que presentó ante la Primera Sala.

Los ministros indicaron que el quejoso no debía estar obligado a comprobar que el rastro ocasionó la contaminación que acusó sino que eran los dueños de dicho luegar quienes debieron acreditar que cumplieron con las leyes ambientables aplicables para no incurrir en responsabilidad.

“Con base en las pruebas aportadas y la conducta mostrada por la empresa, la Sala resolvió que sí incurrió en responsabilidad ambiental, tanto objetiva como subjetiva, al causar un daño al ecosistema acuático del Estero de Urías por dos razones: 1) el manejo inadecuado de residuos peligrosos, y 2) la descarga ilegal de aguas residuales contaminadas al drenaje municipal”, explicó la Corte.

“La Sala apuntó que sangre y otros residuos que derivan del sacrificio de animales son biológico-infecciosos y, por lo tanto, residuos peligrosos. Asimismo, detalló que estos y otros residuos contaminantes generados en el rastro ocasionan daños en los ecosistemas y en la salud de las personas”.

Por ello, los ministros concedieron el amparo al ciudadano y ordenaron a un Tribunal Colegiado de Apelación emitir una nueva sentencia en la que reconozca que el rastro incurrió en responsabilidad ambiental y ordene sancionar y aplicar medidas de reparación.

Para ello, la Secretaría de Desarrollo Sustentable de Sinaloa y el Ayuntamiento de Mazatlán deben evaluar lo descrito por el ciudadano en su demanda sobre la contaminación que realiza el rastro y aplicar la sanción correspondiente.

El Estero de Urías se encuentra al sur del puerto de Mazatlán y forma parte del ecosistema lagunar-estuarino de la costa del Pacífico. Por definición técnica, es un ambiente donde se mezclan el agua dulce de ríos cercanos y el agua salada del océano.

Según datos proporcionados por el Instituto de Ciencias del Mar y Limnología de la Universidad Nacional Autónoma de México en 2025, los niveles de microplásticos en el Estero de Urías se encuentran entre los más altos en el ámbito global, en comparación con otros ecosistemas acuáticos similares.

 

 

 

 

 

Con información de: Proceso.

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